Este es un post originado en una discusión que se desarrolla en la lista elearningcolombia, sobre la conveniencia específica de usar o no una red en Ning, considerando los términos de servicio que Ning establece. Es n crosspost, pero prefiero dejarlo aquí para referencia futura.
La respuesta está dirigida en principio a un mensaje de Offray Luna, referente a una invitación para mantener una discusión en una comunidad de Ning (llamada Educamp Colombia).
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Hola Offray,
Muy valioso mensaje. Desde el inicio mi intención era dar más de una opción para quienes estuvieran interesados pues entiendo perfectamente que algunas discusiones pueden no ser de interés para algunos miembros. Ahora, tal vez vale la pena aclarar que mi intención personal es poder seguir creando espacios que construyan sobre la experiencia de los talleres EduCamp, pues hay muchas personas haciendo cosas sobre las que todos nos podríamos beneficiar de conocerlas. Esto, manteniendo el espíritu "demostrativo" que ponemos en juego en los talleres.
Estoy completamente de acuerdo en la importancia de reflexionas de manera crítica sobre estas herramientas, pues al fin y al cabo estamos confiando en ellas con nuestra información. Frente a eso, dos perspectivas que encuentro relevantes.
Primera, sin ser abogado (ni mucho menos representante de Ning, jaja), sí quisiera llamar la atención sobre algo que encontré cuando leí los términos de servicio (TOS) del sitio. Para empezar, Ning hace una diferencia clara entre "Your Content" ("Su contenido") y "Your Code" (Su código"). "Your code" se entiende como:
any script, code, or other computer software uploaded by you to the Ning Platform.
lo cual excluye (si entiendo bien), a lo que según los TOS es el "Contenido":
(i) any work of authorship in a Social Network, including, comments, recommendations, forums, photos, videos, music, sounds, images, text, files, listings, logos, trademarks, postings, messages, tags and other content added to or submitted with any of the foregoing; or (ii) other materials posted on or transmitted through any Social Network or the Ning Platform.
Hay dos secciones distintas para cada uno de estos tipos de material, y al menos en la referente al código, la primera línea dice de manera clara:
You own Your Code. Ning does not claim any ownership rights in Your Code.
lo cual resulta. al menos, interesante. Ahora, si uno sigue leyendo, será que los TOS sí son consecuentes con estas primeras frases? Veamos:
If you upload any of Your Code to the Ning Platform, subject to the licenses granted by you herein, you continue to have the right to use and license Your Code in any way you choose (and you are responsible for protecting those rights as appropriate). You may only upload Your Code to the Ning Platform, for use on Your Social Network, provided that Your Code complies with the terms of this Agreement. At any point, you can take Your Code from Your Social Network and cancel your account and Ning shall not retain any license rights, except as provided below.
Bueno, esto significa (creo) que como desarrollador (y esto es MUY importante, porque estamos hablando de CODIGO), mantengo íntegros mis derechos sobre mi producción. Recuerden que los términos especificos para el Contenido (como es definido antes) son diferentes. Hm, pero Ning habla de que no conservan ningún derecho de licencia, excepto los mencionados abajo.... Leguleyada? Veamos:
You hereby grant Ning a non-exclusive, worldwide, perpetual, transferable, irrevocable, sublicenseable, royalty-free right and license to access, use, reproduce, store, modify, distribute, publicly display, publicly perform and create derivative works of Your Code (a) for the purpose of operating and making Your Social Network available on the Ning Platform and in all current and future media in which the Ning Platform may now or hereafter be distributed or transmitted; or (b) for our internal business purposes. Additionally, you hereby grant Ning a non-exclusive, world-wide, transferable, irrevocable, sublicenseable royalty-free right and license to continue using, reproducing, archiving, caching, creating derivative works, publicly displaying and performing in perpetuity, any of Your Code that is incorporated into the Ning Platform, provided that Ning shall not use or distribute Your Code on a stand alone basis. The foregoing license does not limit Ning's rights under any third party or open source license in which Your Code is licensed.
Quisiera resaltar aquí algunas cosas: Primero, el uso de la palabra "non-exclusive", que quiere decir que la publicación del código en Ning no es exclusiva, y que en esa medida puede ser licenciada en cualquier otro lugar o medio. Tal vez puede ser inquietante ver la palabra "perpetual", pero al menos para mi eso no es crucial (aunque para otros puede serlo). Las siguientes palabras parecen, a mi juicio, un esfuerzo deliberado por librarse de demandas, y apenas cubren las características mínimas que incluye una licencia CC (si entiendo bien, pues podría estar equivocado) de simple atribución. Puede resultar inquietante aquello de permitir "creating derivative works", por ejemplo, pero al menos para mi caso, eso hace parte de las licencias CC bajo las que publico mi contenido en la red, así que no me molesta. Al final el asunto se pone un poco turbio, pues también nos indican que tal licencia no limita los derechos de Ning bajo ninguna otra licencia bajo la cual "Your Code" esté licenciado.
Dado que Ning es una empresa privada, el fantasma que empieza a rondar aquí es "puede/debe una empresa tomar mis obras y eventualmente lucrarse de ellas sin que yo reciba un peso?", que es la pregunta que está detrás del fuerte debate sobre la claúsula NC de las licencias CC. No hay una respuesta sobre ello, sino apenas posiciones definidas, teniendo un lado a quienes no le ven inconveniente a tal cuestión, y quienes deciden restringir el uso comercial. Aquellos de nosotros que estemos de acuerdo con la segunda opción, definitivamente deberíamos abstenernos de crear o participar en cualquier red de Ning, sin duda.
En mi caso personal, tengo claro que lo que publico en Ning no hace parte crítica de mi producción en línea (para ello está mi blog, principalmente, en donde tengo control total), y que en cualquier caso, los TOS de Ning no indican que yo pierda mis derechos sobre mis contribuciones, lo cual también me deja tranquilo. Ojo, una vez más, recuerden que estamos discutiendo específicamente sobre CODIGO (pues fue el ejemplo que Offray nos trajo) y no sobre el CONTENIDO. Si a ello vamos, no puedo recordar la primera vez que haya publicado MI código en Ning, así que tampoco me afecta directamente esto, porque yo estoy publicando contenido, no código.
Para ser justos, tampoco es que los TOS sobre el contenido sean taaaaan distintos, pero sí tienen particularidades que decidí no abordar por ahora.
Ahora, segundo (Segundo? Cuándo se va a acabar esto?!?! ). Hace unos días me encontré por casualidad (como de costumbre) con un post de Leigh Blackall de Junio de 2006, el cual pienso puede ser una forma interesante de considerar estos temas de participación/publicación en línea. Aquí van algunas notas:
Of course most would ask, but how can you be sure of those services? What is their quality of service like? how long will they be around for? what might they do with your content?
At first I thought these to be legitimate concerns, and potentially a real problem. But now I see it differently. Now I’m not at all precious about the persistency of the URLs for my various online markings. And just like the feeling I had when I at last decided to stop maintaining my own .com I feel free and unfazed....
Y más adelante:
So you see, I think it quite a different and liberating thing to think about in terms of web publishing - comparing web publishing to graffiti and pavement chalk poetics. Once we’re prepared to accept that time will wash even things digital, then we’ll realise that for our presence to persist, for our markings to remain, we must remain active in remixing, reformatting, recreating, and republishing our works so that they reappear and reappear again - copied and redistributed by others across the Net.
Ahora, Leigh tiene una postura bastante radical en muchos aspectos, podríamos decir, así que este discurso puede sonar completamente ajeno al inicio. Para mi caso personal, si no participar en una comunidad de Ning (o de Facebook) debido a sus TOS me lleva a perder la posibilidad de acceder a conversaciones importantes, tengo que poner las dos cosas en una balanza. Para mi caso personal, el beneficio de hacer parte de estos espacios "comerciales" (y acceder a la conversación) excede los eventuales riesgos que pueden desprenderse de los TOS (riesgos que están dejando de parecer tales, pues me siento poco a poco más cerca de la posición de Blackall).
Lo interesante es que detrás de estas cosas, hay posiciones políticas y, digamos, filosóficas, que empiezan a emerger cuando discutimos al respecto. Como me pregunto qué opinan otros miembros de la lista frente a este tema, los invito a contarnos a todos cómo se sienten frente a la perspectiva de "perder control" sobre sus obras intelectuales, pues eso es lo que está de fondo.
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Reconozco que, en lo personal, durante mucho tiempo me dije que era mejor guardar mis ideas hasta que estuvieran publicada en un journal o en una conferencia, porque si no me las podrían "robar", y yo podría dejar de "enriquecerme" con ellas. Ahora veo que aquello que me genera ingresos (mi trabajo formal) puede convivir con espacios como este blog, que por otro lado tienen como efecto una mayor visibilidad para lo que pienso y hago.
Igual, hay muchas cosas que dejo de escribir por un sentido de discreción profesional, pero lo importante es que poco a poco me he ido sintiendo más cómodo con la idea de compartir en donde sea. Pero ese es sólo mi caso personal, producto de mis propios convencimientos.
Como en tantas otras cosas, no hay una respuesta "correcta" ni "única" para estos temas. A cada uno de nosotros le toca descubrir la propia.